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Secretaría


Ayudas SAEI para asistencia a actividades formativas en Enfermedades Infecciosas

La Sociedad Andaluza de Enfermedades Infecciosas (SAEI) considera que en el momento actual la profundización de conocimientos científico-técnicos en patología infecciosa es de importancia trascendente para el desarrollo profesional de los socios, tanto a nivel individual, como de forma colectiva dentro de las diferentes unidades asistenciales de enfermedades infecciosas de nuestro ámbito geográfico.

Por este motivo, en función de las necesidades formativas, del interés científico-técnico de la actividad solicitada y de las posibilidades presupuestarias del momento considerado, SAEI podrá destinar una cantidad económica para la financiación total o parcial de la asistencia a dichas actividades por parte de los socios que lo soliciten. La cuantía de la ayuda económica aportada por SAEI dependerá del importe total de la inscripción en la actividad formativa solicitada, no se contemplan estas ayudas para cursos ni rotatorios de residentes incluidos en los correspondientes programas oficiales de formación. El importe de la ayuda está sujeto a IRPF, por lo que SAEI deducirá para pagar a Hacienda el correspondiente porcentaje del importe total, teniendo también la obligación de declararlo las personas a las que se les conceda la correspondiente ayuda.

Bases para la solicitud de estas ayudas:

1. Ser socio de SAEI con una antigüedad mínima de dos años cumplidos y estar al corriente del pago de las cuotas de la sociedad.

2. El solicitante deberá remitir a la Secretaría Técnica de SAEI:

a. El impreso oficial de “Solicitud de ayuda económica para curso de formación”.
b. Un breve resumen (1-2 páginas como máximo) del curriculum vitae (incluido en la solicitud previa).
c. El interés de realizar la actividad formativa en cuestión, tanto a título individual (beneficio para el propio solicitante), como colectivo (beneficio para la unidad asistencial a la que pertenece el solicitante o, en su caso, para la propia SAEI).

3. La solicitud de ayuda deberá ser valorada por la Junta Directiva de SAEI, por lo que el plazo de presentación debe ser con la suficiente antelación para que pueda incluirse en la correspondiente reunión de dicha Junta Directiva (las reuniones suelen ser a principios de mes en Febrero, Abril, Junio, Octubre y Diciembre). No se admitirán solicitudes una vez se haya producido la actividad formativa en cuestión. El plazo de recepción de solicitudes estará abierto todo el año, teniendo siempre en cuenta las limitaciones expresadas anteriormente.

4. La selección de las solicitudes de ayudas se realizará a criterio de la Junta Directiva de SAEI, siendo su resolución inapelable.

5. El beneficiario de la ayuda deberá remitir a la Secretaría Técnica de SAEI copias de los justificantes correspondientes de haber participado en la actividad formativa para la que se solicita la ayuda, así como de las cantidades abonadas por ello, tal y como se indica en la correspondiente solicitud.

6. El hecho de solicitar esta ayuda lleva implícito la total aceptación de las bases aquí expresadas. El incumplimiento de las mismas puede dar lugar a limitaciones en el acceso del socio a futuras ayudas, tras la correspondiente resolución al efecto de la Junta Directiva de SAEI.